Tiempo de lectura: 2 – 4 minutos

Como ocurre en otros ámbitos, Brasil se encuentra a la vanguardia en materia de tecnología aplicada al servicio de justicia. Desde octubre de 2008 los abogados  brasileros cuentan con un registro que les permite tramitar actos por medios electrónicos en consonancia con una ley del 2007 que impulsó la digitalización de la Justicia.

En ese contexto de desarrollo, hoy exiten sistemas que permiten migrar del papel o la forma presencial de los diversos momentos del proceso a la posibilidad de realizar esos trámites  a distancia, incluso tramitar el divorcio por internet si la pareja no tiene hijos.

El proyecto de ley que espera su aprobación en el Senado prevé que las parejas sin hijos puedan disolver su matrimonio de mutuo acuerdo a través de la red, sin desagradables comparecencias personales simplemente solicitandolo vía electrónica.

La Senadora Saboya, autora del proyecto, explicó que través de esta iniciativa se busca limitar las “discusiones y enfados innecesarios”, además de la “reducción del costo de la separación”.

El abogado Alexandre Atheniense, presidente de la Comisión de Tecnología e Información del Consejo Federal de la Orden de Abogados de Brasil, dijo a EFE que con la propuesta de la senadora “no habrá el desgaste de encontrarse en la audiencia”.

Otra ventaja señalada por Atheniense es “la rapidez que gana el proceso”, que por su experiencia en otros asuntos que pasaron a ser tramitados enteramente en la red rondaría el ahorro de un 40% del tiempo empleado.

Eso sí, el letrado enfatizó que “el tribunal sigue siendo el mismo” y lo que cambiaría es la posibilidad de que ambas partes no se vean obligadas a comparecer ante el juez.

Además, señaló que “la ley no habla de que no vaya a ser necesario el abogado, es decir, las partes siguen teniendo que encaminar el divorcio a través de un abogado que prepara la defensa y, en vez de ir personalmente al juzgado, resuelve los trámites desde la oficina, por internet”.

Por otra parte, la senadora enfatizó que su propuesta no incluye cambios en los plazos, es decir, seguirá siendo necesario probar la separación de hecho durante dos años y cumplir con los demás requisitos legales, aunque ya sin tener que volver a ver a la ex pareja.

Imprimir y compartir:
  • Print
  • Facebook
  • Twitter
  • Google Bookmarks
  • Add to favorites
  • email
  • Google Buzz
  • PDF